29/09/2022

Ley Antifraude

Estimado cliente,

En STR trabajamos para ofrecerte las mejores soluciones expertas siempre adaptadas a la normativa vigente. Por este motivo, las estamos adaptando al Proyecto de Reglamento que desarrolla la Ley contra el fraude fiscal (Ley 11/2021), que establece una serie de nuevos requisitos para los sistemas informáticos de facturación, como el registro de todas las facturas emitidas, garantizando su integridad e inalterabilidad.

Según el Proyecto de Reglamento, de próxima publicación, la entrada en vigor será a partir del 29 de Julio de 2025 para nuevos clientes, 1 de Enero de 2026 para clientes que estén trabajando con un software de facturación (antiguos clientes).

Desde STR, como partners de Wolters Kluwer, hemos estado trabajando en la adaptación de las soluciones afectadas y estamos en contacto permanente con la Agencia Tributaria para garantizar el cumplimiento de la normativa.

a3ERP ya está adaptado para cumplir la Ley desde la versión 15, publicada en Junio de 2025.

Aunque existen dos métodos en a3ERP para cumplir el registro de facturas que obliga la Ley, por sencillez recomendamos SIEMPRE usar Verifactu.

Los clientes sometidos al SII no tienen que realizar ninguna acción y pueden seguir trabajando como hasta ahora, si bien, en TREE, no obtendrán un nº definitivo de factura hasta que la factura este registrada en a3ERP.

Nuestros productos que generan facturas son:

  • Docus
  • TREE
  • StrTrazabilidad

Docus no necesita modificaciones, debido a que en realidad Docus no emite facturas, sino que es un interface personalizado de a3ERP. Es decir, las facturas registradas en Docus se graban y se emiten desde a3ERP, por lo que la única acción requerida para cumplir la ley es actualizar a3ERP a la versión 15 ó superior.

Todos nuestros clientes con StrTrabilidad están sometidos al SII por lo que pueden seguir trabajando como hasta ahora, con el compromiso de no usar StrTrazabilidad en una empresa que no esté sometida al SII. Es decir, el uso de StrTrazabilidad tiene como requisito estar sometido al SII ó imprimir las facturas solamente cuando estén exportadas a a3ERP y declaradas en Verifactu.

En el caso específico de TREE, la adaptación consiste en generar facturar PROFORMAS o BORRADOR que son obligatoriamente procesadas por a3ERP para que puedan ser impresas, y es a3ERP el software con el registro oficial exigido por la ley. De esta manera, desde la versión TREE 25.2, se emitirán exclusivamente PROFORMAS O PLANTILLAS que no pasarán a ser facturas definitivas con su numeración hasta ser procesadas y registradas por a3ERP.

PROFORMA en Tree -> Traspaso a a3ERP -> NºDefinitivo + VERIFACTU -> Impresión

La impresión de una factura ya declarada se podrá realizar desde a3ERP o desde TREE, pero siempre con los datos de a3ERP ya declarados (Tree está enlazado con a3ERP y puede actuar como motor de impresión de a3ERP).

Por tanto, desde TREE 25.2 no es posible la emisión de una factura sin ser registrada y declarada en a3ERP. El uso del programa está condicionado a que el cliente se comprometa a no manipular los formatos de impresión de forma que pueda imprimir como factura una factura proforma o borrador.

Además, hemos creado la página web http://laleyantifraude.es para ofrecer toda la información necesaria acerca del Reglamento, a través de vídeos, infografías, FAQS, etc., así como convocatorias de jornadas y sesiones informativas que próximamente celebraremos, con el objetivo de mantenerte informado de todas las novedades de esta normativa y acompañarte en su aplicación y adaptación.

Saludos,

STR Ingeniería

https://www.wolterskluwer.com/es-es/expert-insights/ley-contra-el-fraude-fiscal